Ley Especial de Endeudamiento 2020 ve la luz con atraso y vacíos de información

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El instrumento genera más dudas que certezas en medio de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19, cuando el país más necesita incorporar criterios de transparencia para que los escasos recursos disponibles se usen con efectividad en la superación de la crisis, que se suma a la ya profunda y compleja crisis humanitaria que padecemos

Transparencia Venezuela. 30 de marzo de 2020. Luego de tres meses de haber iniciado el ejercicio fiscal 2020, se hace pública la Ley Especial de Endeudamiento que regula las operaciones de crédito público para el año que ya se encuentra en curso, en la página web de Imprenta Nacional y Gaceta Oficial, mediante la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.496 de fecha 17 de diciembre de 2019.

Dificultad de acceso e Ilegalidad en su aprobación. Esta gaceta no se encuentra disponible en las páginas web de la Oficina Nacional de Crédito Público ni del Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas, lo que dificulta conocer el número de la Gaceta Oficial para localizarla en la página web de Imprenta Nacional y Gaceta Oficial. Pero, además, junto con la Ley de Presupuesto y el Plan Operativo Anual, el Ejecutivo Nacional no se presentó ante el Poder Legislativo para su aprobación, tal como lo establece el artículo 82 de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público, sino que se presentó y fue aprobada por la cuestionada Constituyente. 

En estos momentos de estados de emergencia por el COVID-19, es cuando más se necesita incorporar criterios de transparencia para que los escasos recursos disponibles se usen con efectividad en la superación de la crisis, que en Venezuela se monta encima de la crisis humanitaria compleja que padece el país. Sin embargo, la ley de endeudamiento genera más dudas que certezas.

La Ley Especial de Endeudamiento para 2020 “autoriza” al gobierno a endeudarse durante 2020 por Bs.102,03 billones, equivalentes a $2,17 mil millones, al 17 de diciembre de 2019 (fecha de la Gaceta Oficial), que estiman utilizar para financiar proyectos de inversión, el pago del servicio de la deuda pública interna y externa, el refinanciamiento y reestructuración de la deuda, y para cubrir necesidades transitorias de recursos del Tesoro Nacional según esta Ley. Estos recursos no incluyen el servicio de la deuda pública que se paga al Fondo Chino y a Rusia con barriles de petróleo.

Para proyectos de inversión se autorizó realizar contrataciones de crédito público por un monto máximo de Bs. 92,9 billones que equivalen a $1,98 mil millones, es decir, 91% del endeudamiento total autorizado.

Para el sector de industrias y producción nacional, se destinan Bs. 12 billones. El mayor proyecto deuda es diseño, construcción y operación de un complejo siderúrgico, por Bs.10 billones o $213 millones (9,8% del endeudamiento total autorizado). Su ente ejecutor será la Empresa de Producción Social Siderúrgica Nacional, C.A. Los otros Bs. 2 billones irán a financiar proyectos de empresas propiedad del Estado, como Tubos sin Costuras, Corporación Venezolana del Plástico, Venirauto Industrias, Maderas del Orinoco, y la empresa Siderúrgica Nacional, lo que muestra cómo las empresas propiedad del Estado venezolano son una gran carga económica para la nación.

El sector eléctrico es el que recibirá la mayor cantidad de recursos de deuda, por un monto de Bs. 26,6 billones ($567,6 millones, es decir, 26,12% del monto total del endeudamiento), recursos que están distribuidos entre 10 proyectos cuyo ente encargado de ejecución es la Corporación Eléctrica Nacional, S.A., mejor conocida como Corpoelec. 

El sector de agua potable, pese a crítica situación en el país, se destina Bs.1,46 billones del endeudamiento ($31 millones), tan solo 1,43% del endeudamiento para 2020, destinados a financiar cuatro proyectos: rehabilitación de las plantas mayores de potabilización de agua del país, construcción; modernización y optimización de los sistemas de abastecimiento de agua potable a nivel nacional; saneamiento y control del nivel del lago de Valencia; y modernización, expansión y rehabilitación de los sistemas de agua potable y saneamiento del país. 

Para la contratación y desembolso del servicio de la deuda pública se autorizó un monto máximo de Bs. 2 billones ($42,61 millones), es decir, 1,96% del endeudamiento total. No obstante, no queda claro cuántos recursos se podrán obtener por la vía de este concepto y cuántos desembolsarán en el presente ejercicio fiscal. Para contrataciones de crédito público destinadas al refinanciamiento y reestructuración de la deuda pública, se autorizó un monto máximo de Bs.7,11 billones ($151,49 millones), es decir, 6,97% del endeudamiento total autorizado. Sin embargo, no se especifica cuánto se espera contratar para el refinanciamiento y cuánto para la reestructuración de la deuda pública.

Además, se autorizó emitir letras del tesoro por un monto no superior a Bs. 30 mil millones ($639 mil), lo que equivale a 0,03% de los recursos que se esperan obtener por la vía del crédito público. Según la Ley Especial de Endeudamiento, los mismos se planean utilizar para cubrir necesidades transitorias del Tesoro Nacional durante el ejercicio fiscal 2020. De esta manera, ¿si solo 0,03% de los recursos que se esperan obtener por endeudamiento provienen de letras del tesoro, ¿Cuáles son las demás operaciones de crédito público que el Ejecutivo Nacional espera llevar a cabo para obtener el dinero restante? Esta información no se menciona en la Ley, dejando así vacíos en la información. 

Finalmente, se aprobó desembolsar Bs.52,49 billones ($1,12 mil millones) para financiar la ejecución de los proyectos de inversión. Los recursos de los desembolsos pueden venir tanto de endeudamiento de años anteriores como de deuda contraída en el presente ejercicio fiscal. El vacío de información respecto a los desembolsos por proyectos de inversión es enorme, y la Ley no nombra los proyectos entre los cuales se distribuirán los recursos, solo se menciona que la información se encuentra contenida en la Ley de Presupuesto, que no ha sido publicada aún. 

Se desconocen los proyectos, sus metas y sus responsables, cuánto es el monto total que han recibido por endeudamiento, cuánto se ha desembolsado, en qué año o años se contrató la deuda para financiarlos, cuál es su periodo de ejecución, etc. La ausencia de información sobre la deuda consolidada antes y después de lo previsto en la Ley de Endeudamiento del ejercicio fiscal 2020, el tipo de interés que se está pagando por cada operación de crédito público, los compromisos de deuda interna y externa y cómo afecta la sostenibilidad fiscal.

Nota: la tasa de cambio utilizada para calcular los montos en divisas corresponde a la publicada por el Banco Central de Venezuela para el 17 de diciembre de 2019, fecha de la Gaceta Oficial donde se encuentra publicada la Ley Especial de Endeudamiento para el Ejercicio Fiscal 2020. Esta tasa de cambio era de 46.946,27 Bs.S./USD$.

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