Estado de Derecho y la lucha contra la corrupción desde la Perspectiva de Transparencia

Derechos, Derechos humanos y corrupción, Incidencia, Noticias, Transparencia y acceso a la información

En el contexto venezolano es evidente la falta de la independencia de los poderes del Estado, la debilidad del Estado de Derecho, la baja rendicion de cuentas y alta discrecionalidad, lo que crea condiciones perfectas para fomentar la relación perversa entre tres elementos vulneración de derechos/corruption/impunidad.

En el poder judicial hay datos que confirman esta situacion. El TSJ ha favorecido en un 93% de sus decisiones al Ejecutivo Nacional y a la Administración Pública. Transparencia Venezuela sistematizó un total de 102 sentencias, entre las cuales el TSJ ha: i. Declarado todas las solicitudes de estados de excepción solicitadas por el Ejecutivo y sus prórrogas, ii. Limitado las potestades de control parlamentario de la Asamblea Nacional, circunscribiéndolo únicamente al Ejecutivo Nacional -y excepcionalmente- al Poder Judicial, solo en lo relativo al control previo de la selección de Magistrados, iii. Negado el derecho de acceso a la información pública, iv. Avalado la negativa a rendir cuentas de los organismos públicos nacionales como el Banco Central de Venezuela, el Ministerio de Salud, opacidad en contratos públicos, entre otros.

TSJ 56 -1350x380

Ya el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en las observaciones emanadas del examen de Venezuela del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en 2015, señaló preocupación por la situación del poder judicial en el país, particularmente en lo que atañe a su autonomía, independencia e imparcialidad, especialmente en cuanto a la titularidad de los jueces y la discrecionalidad en su nombramiento .

Un ejemplo, el 23 diciembre 2015, luego de que la oposición ganara las 2/3 partes del parlamento pero antes de asumir sus cargos, el antiguo parlamento eligió a 13 Magistrados principales del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), incluyendo los respectivos suplentes, violando el “procedimiento de designación” establecido en la Ley . Los designados son personas con claros vínculos con el partido de gobierno (PSUV), estando incluso algunos de ellos en cargos públicos en representación del partido oficial, como fue el caso del actual Magistrado Calixto Ortega, diputado del partido de gobierno, designado como Magistrado , que votó por sí mismo a través de mecanismos violatorios de la Constitución y las leyes .

Adicionalmente, desde la elección de los 167 diputados al parlamento venezolano, en diciembre de 2015, el Tribunal Supremo de Justicia ha dictado 27 sentencias contra el nuevo Poder Legislativo. veinticuatro decisiones han sido firmadas por la Sala Constitucional, mientras que las otras tres corresponden a la Sala Electoral . El primer fallo ocurrió antes de la juramentación de los diputados electos, con la sentencia 260 de la Sala Electoral de fecha 30 de diciembre de 2015.

Una de esas sentencias fue la aprobación del Estado de Excepción en enero de 2016 , a pesar de haber sido negado por la Asambela Nacional y que el TSJ no tiene competencias por encima del parlamento sobre ese tema. Con esa sentencias el Presidente de la República tiene máximo poderes sin necesidad de autorizacion previa del parlamenteo para: endeudar y comprometer al pais, aprobar creditos adicionales, y redistribuirlo, entre otras . Esta situación llevó a 125 organizaciones con amplia trayectoria y reconocimiento en la lucha por los Derechos Humanos, a manifestar su oposición y exigir su revocación , incluyendo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos .

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