decision

 

Nuevamente el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo se hace cómplice de la opacidad, al declarar “inadmisible” la demanda interpuesta por Transparencia Venezuela contra el Instituto Nacional de Tránsito Terrestre (INTT).

 

Cabe recordar que el pasado 6 de julio, representantes de Asistencia Legal Anticorrupción (ALAC) de la ONG, interpusieron un recurso de demanda o carencia contra el presidente del INTT, Carlos Julio Rodríguez Rába, por presuntos hechos de corrupción cometidos por funcionarios de esa institución.

 

Pese a la insistencia de Transparencia por conocer la respuesta del TSJ, no fue sino hasta después del receso judicial –14 de septiembre- que pudo conocer a través del portal Web del Tribunal Supremo de Justica que en ponencia del Juez Osvaldo Enrique Rodríguez Rugeles, el pasado 22 de julio se declaró inadmisible la demanda alegando lo siguiente:

 

“[Transparencia Venezuela] no señaló las razones ni los propósitos por los cuales requería que el Servicio Autónomo de Registros y Notarías, le suministrara información referente a las presuntas denuncias efectuadas a funcionarios de ese Servicio por presuntos hechos de corrupción(…)esta no posee legitimación alguna para solicitarle al Instituto Nacional de Transporte Terrestre, que le suministre información relacionada a supuestos hechos de corrupción, dado que dichas investigaciones deben ser realizadas por los organismos del Estado creados a tal fin, por lo que, mal puede pretender la Asociación Civil actora acreditarse legitimación para efectuar tales requerimientos”.

 

La ONG asegura que con esta decisión el Poder Judicial libera de la obligación de dar respuestas  al INTT y limita y condiciona y el trabajo de las asociaciones civiles “a quienes deslegitima en el ejercicio de su labor de seguimiento y observación del funcionamiento de las instituciones públicas”.

 

“Desde  Transparencia Venezuela ratificamos las Observaciones finales hechas por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en su cuarto informe periódico con relación a que el Estado venezolano ‘debe tomar medidas inmediatas para asegurar y proteger la plena autonomía, independencia e imparcialidad de los jueces y fiscales y garantizar que su actuación esté libre de todo tipo presiones e injerencias. En particular, debe adoptar medidas para corregir a la mayor brevedad posible la situación de provisionalidad en la que se encuentra la mayoría de los jueces y fiscales’’.

 

Igualmente, insta al Estado venezolano a través del Poder judicial a dar cumplimiento a las recomendaciones realizadas por el Comité de Derechos Civiles y Políticos  que solicitó  adoptar las «medidas necesarias para garantizar la independencia de los órganos encargados de prevenir y combatir la corrupción, de acuerdo a los términos establecidos en la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, a fin que puedan llevar a cabo investigaciones independientes e imparciales sobre todos los casos de corrupción, y exijan responsabilidades a los culpables».

 

¿Quién es el Juez Osvaldo Enrique Rodríguez Rugeles?

 

Es el mismo que declaró inadmisible el Recurso de Abstención o Carencia (demanda) interpuesto por Transparencia Venezuela el pasado 8 de julio contra el director del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN), Dante Rivas, por no otorgar respuesta a reiteradas comunicaciones que contenían información relacionada con presuntos hechos de corrupción cometidos por funcionarios adscritos a esa institución.

 

En noviembre de 2011 fue designado por el entonces Ministro del Interior y Justicia, Tareck El Aissami, como  Notario Público Quinto de la ciudad de Valencia. En julio de 2014, fue designado por el Presidente de la Corporación de Desarrollo de la Región Central (Corpocentro),  Mayor General Luis Motta Domínguez, como Asesor Legal de la mencionada Corporación. También en esa misma fecha fue designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia  como primer suplente para cubrir las faltas de los jueces y juezas con motivo de permisos reposos vacaciones inhibiciones y recusaciones. En noviembre de 2014, fue designado miembro principal de la Comisión de Contrataciones Públicas Permanente de Corpocentro. Osvaldo Rodríguez Rugeles, fue uno de los 424 postulados a Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia.

 

El 23 de enero de 2015, la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia lo designó «como Juez Provisorio de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo en virtud de la Aceptación de la Renuncia presentado por el Abogado Gustavo Valero». En ese mismo estatus, se encuentran Alexis Crespo y Freddy Vásquez Bucarito[1].

 

Lee la sentencia completa aquí 


 

[1] http://jca.tsj.gob.ve/decisiones/instituciones.asp?instituto=1259&id=025

Share This