El Observatorio Ciudadano de Corrupción reveló que la falta de voluntad política y la inacción de las instituciones encargadas de cumplir la ley constituyenlos principales obstáculosparala implementación de los acuerdos anticorrupción, entre los países de América Latina

Transparencia Venezuela, 2 de mayo de 2022. La cooperación jurídica internacional es clave en el desarrollo de mecanismos que permitanprevenir, investigar y castigar los delitos de corrupción. Este flagelo tiene un impacto negativo en la institucionalidad, la confianza ciudadana y en el goce efectivo de los derechos humanos. Erradicarlo es fundamental para fortalecer la democracia y proporcionar calidad de vida a la población.

Distintos análisis ubican a América Latinacomo una de las regiones del mundo más golpeadas por las irregularidades vinculadas con la sustracción ilegal de fondos públicos. En tal sentido, el recienteinforme temático del Observatorio Ciudadano de Corrupción (OCC)analizólos avances de la cooperación jurídica internacionalen la región, de cara a la implementación de las recomendaciones del Compromiso de Limaen 19 países que forman parte del Foro de las Américas.

La evaluación del OCC reveló que existen falencias en la generación de indicadores que den cuenta de la aplicación e impacto de mecanismos de colaboración,como el embargo preventivo, extinción de dominio y la confiscación de activos. Se determinó que estas son acciones de carácter formal que no se traducen en efectos prácticos en las investigaciones relacionadas con los delitos de corrupción.

También lea: Gobierno de Maduro desempolvó diplomacia de «Petrochequera»

El balance destacó el caso de Venezuela como el más preocupante, debido a que en el país no se reporta avance alguno ni se observa una tendencia favorable para que estos problemas se corrijan, lo que se evidencia en el poco interés de las autoridades venezolanas de colaborar con sus pares de otros países para facilitar la judicialización de casos de corrupción.

Baja valoración

Más de 150 organizaciones civiles que integran el OCC hicieron el seguimiento, entre noviembre de 2020 y junio de 2021, a los compromisos N° 37 y N°41. El primero se refiere a la promoción de la másamplia cooperaciónentre las autoridadesjudiciales, policías,fiscalías, unidades deinteligencia financiera yautoridadesadministrativas, en lasinvestigaciones relacionadas con losdelitos de corrupción,lavado de activos,cohecho y sobornotransnacional.

En tanto que el segundopretende impulsar laadopción ofortalecimiento demedidas, a través de lasinstitucionescompetentes de cada país, parapermitir el embargopreventivo, la extinciónde dominio y laconfiscación de activosproducto de lacorrupción.

En términos generales, se observó que el avance de estos compromisos relacionados conla cooperación jurídica internacional para combatir la corrupción es bajo. Mientras que elN° 37 obtuvo una calificación de 1,39sobre una valoración máxima de 3 puntos, la del 41 fue de 1,24.

Además de Venezuela, otro Estado con un diagnósticonegativo en materia de promover la cooperaciónfue Nicaragua, cuyo marco legalanticorrupción es aplicado de manera parcializada. Por su parte, los informes de Brasil, Chile, Colombia,Ecuador, Panamá y Uruguayreportaron avances de carácter formal, pero pocos resultadosefectivos por parte de las autoridades.

Las leyes no bastan

Un denominador común en los informes de cada país sobre la valoración de estos compromisos, es la falta de voluntad política de los gobiernos y la inacción de las instituciones encargadas de aplicar la ley. Según el balance, esto es el principal obstáculo para avanzar en la implementación de los acuerdos y las normas anticorrupción que fomenten la cooperación jurídica internacional.

Se evidenciaron progresos en el desarrollo de leyes, decretos y normas, tanto para profundizar la cooperación entre países,como para combatir el cohecho, el soborno transnacional, el crimen organizado y el lavado de activos. No obstante, el análisis del OCC muestra que los avances son insuficientes.

Con respecto al compromiso N° 37, resalta que, con excepción de Bolivia y Haití,los demás países de la región reportaron tener un marco jurídico mínimo para garantizarla cooperación jurídica internacional. De manera particular Argentina, con un puntaje de 2,13/3,00; Brasil y Costa Rica con 2,00/3,00; y Perú con1,97/3,00, son los países con la mejor valoración de este compromiso.

Además, los informes de Argentina, Paraguay y Perú fueron los únicos en indicar que, aparte de la incorporación de leyes, en los últimos dos años sí ha habido un avance en la profundización de la cooperación jurídica internacional.

Lea también: 11 magistrados repiten en el TSJ, 8 se estrenan y una vuelve

En cuanto al compromiso N°41, sólo Brasil (2,50/3,00) y Perú (2,05/3,00) consideraronde forma positiva el impulso a la adopción o fortalecimiento de medidas para permitir el embargo preventivo, la extinción de dominio y la confiscación de activos producto de la corrupción. El resto de los paísescalificaron con valores muy bajos el cumplimiento de este compromiso.

Nuevamente Nicaragua (0,43/3,00) y Venezuela (0,22/3,00) muestran los peores resultados. Mientras que en el país centroamericano se evidenció que tanto lasnormas como las herramientas destinadas al embargo y la confiscación se aplican concriterios políticos, el informe nacional indica que en Venezuela nisiquiera hay información actualizada y pertinente que permita hacer un seguimiento a losavances en materia de cooperación jurídica internacional.

El OCC está conformado por una coalición de organizaciones de la sociedad civil de 19 países del continente americano, quienes de manera conjunta han adelantado un seguimiento al cumplimiento de los acuerdos adoptados por los gobiernos de la región en la VIII Cumbre de las Américas, celebrada en el 2018 en Lima, Perú.

Share This